sábado, 21 de enero de 2017

Êtômbâ â Ndôwé: Párrafo, 10, del "INFORME DE LOS 10 PUNTOS, MANOS LIBRES", LUZ VERDE PARA LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE INDEPENDENCIA DE IKÙMÉ- MBONGÓ (PAÍS NDOWÉ) 12 DE OCTUBRE 2016.

"INFORME DE LOS 1O PUNTOS, MANOS LIBRES", LUZ VERDE PARA  LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE INDEPENDENCIA DE IKÙMÉ- MBONGÓ (PAÍS NDOWÉ) 12 DE OCTUBRE 2016

Párrafos, 10.

10.- Sin embargo,   el “derecho a decidir”, es una operación política de gran envergadura y escala del Derecho internacional, que requiere  un  análisis jurídico sobre algunas cuestiones considerables de relevancia, que van desde la legalidad o no de una hipotética Declaración Unilateral de Independencia, considerando el ámbito de la Constitución de la República de Guinea Ecuatorial, las Naciones Unidas, al ser la ONU la principal organización internacional de carácter universal, en que se trataría el marco jurídico de Derecho Internacional, que surgiría como resultado de una Declaración Unilateral de Independencia de Ikùmé- Mbongó (País Ndowé).

Pues bien, la situación de “violaciones de los derechos de los pueblos” requerido para que una Declaración Unilateral de independencia sea compatible con el Derecho internacional, ha sido exhaustivamente constatada en el profundo análisis realizado en el Informe de los Aspectos Legales y Jurídicos de una inminente Declaración Unilateral de Independencia de Ikùmé- Mbongó (País Ndowé) y el Derecho Internacional/ 2016 y, este concluye:  "LOS DERECHOS DEL PUEBLO NDOWÉ, SON VIOLADOS POR SISTEMA EN GUINEA ECUATORIAL DESDE 1969. Por lo tanto, una hipotética  Declaración Unilateral de independencia Ikùmé- Mbongó (País Ndowé) sería absolutamente compatible con el Derecho internacional".

CONCLUSIÓN:

En ese sentido, el pueblo ndowé de  Ikùmé-  Mbongó (País Ndowé), consciente de su responsabilidad  ante  Dios  y  la  Historia,  absolutamente  unánime  con  la  Carta  de  las Naciones Unidas, la Declaración  Universal de los derechos Humanos, de acuerdo con los principios de la Carta de la Organización de la Unidad Africana, decidido a poner fin a medio siglo de dominación de que es víctima  en la República de Guinea Ecuatorial, resuelto a  crear un Estado de Derecho en el que las libertades individuales y colectivas gocen  de  una  garantía  y  eficacia  reales,  e  incorporarse  a  la  Comunidad  de  Estados independientes  y  a  la  Organización  de  las  Naciones  Unidas,  determinado  a  mantener estrecha  solidaridad  con  los  pueblos  del  mundo,  en  uso  del  derecho  de autodeterminación está decidido a declarar unilateralmente su independencia.  Salvo que urgentemente,  el  régimen  de  Guinea  Ecuatorial  muestre  inequívocos  signos  evidentes acompañados  con  acciones  para  satisfacer el determinante deseo de autodeterminación del pueblo ndowé, esa  Declaración Unilateral de Independencia  podría producirse en cualquier momento.

Dado que el “Informe de los 10 Puntos Manos Libres” del 12 de octubre del 2016, sustenta la Declaración Unilateral de Independencia de Ikùmé- Mbongó (País  Ndowé y, el Gobierno de la República de  Guinea  Ecuatorial  no ha mostrado ningún gesto  inequívoco o,  signos  evidentes acompañados  con  acciones  que indiquen intención de  satisfacer el determinante deseo de autodeterminación del pueblo ndowé, ello ha derivó en que en el cumplimiento de la Resolución 0001 (EAN) del 19 de marzo 2016, se reuniera de nuevo en Asamblea General el Pueblo Ndowé el 19 de noviembre 2016 y, emanara la Resolución 0002 (EAN) del 19 de noviembre/2016, que RESOLVIÓ:
I.- Declarar Unilateralmente la independencia de Ikùmé- Mbongó (País Ndowé). Y para alcanzar ese fin,
II.- Autoriza la constitución del Comité Constituyente y aprueba por la totalidad de la Asamblea General del Pueblo ndowé del 19 de noviembre 2016:

1.   Completar el proceso constituyente de Ikùmé- Mbongó (País Ndowé).

2.   La formación de Gobierno de Salvación Nacional de Ikùmé- Mbongó  (Pais Ndowé),

3.   En el proceso de completar el proceso constituyente, la Asamblea ha  aprobado por unanimidad: 

a.    La propuesta de Marco Común de Convivencia para Ikùmé- Mbongó (País Ndowé), presentado por Etomba a Ndowé, como base de la Constitución Nacional, 

b.    La Constitución presentada por el Comité Constituyente de Etomba a Ndowé,

c. Aprobar el Gobierno de Salvación Nacional presentado por los legítimos representantes del pueblo ndowé y partidos políticos agrupados en Etomba a Ndowé,

d.    Aprobar el Himno Nacional de Ikùmé- Mbongó (País Ndowé),

e.    Establecer el 3 de febrero de 2017, como fecha del Acto Solemne de la Independencia de Ikùmé- Mbongó (Pais Ndowé).

III.- Notificar inmediatamente y de manera simultánea al Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial, a la Asamblea General de las Naciones Unidas, y a gobiernos amantes de la LIBERTAD, que el pueblo ndowe ha declarado unilateralmente su independencia en relacion a la Republica de Guinea Ecuatorial el 19 de noviembre del 2016. (Proceso culminado).

Oficina de Información y Prensa de Etomba a Ndowé
Extraído del Informe el 21/01/2017

Ciudad Vilangwa